TÉCNICOS AUXILIARES EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Este blog pretende ser un lugar de encuentro digital para todos los Técnicos Auxiliares del área de Educación de la Comunidad de Madrid (ARRMI, IMMF y SRBS) que sirva de apoyo a la defensa de nuestra reclasificación a TÉCNICOS ESPECIALISTAS II "E". Una reclasificación justa para tod@s con independencia del organismo al que estemos adscritos, pues a tod@s se nos exigieron los mismos requisitos para acceder a la categoría y sufrimos la misma discriminación.

24 ago 2006

"No tenemos ni posibilidad de promoción específica"

Recientemente se ha ratificado el acuerdo de la Mesa Técnica de Selección sobre las Bases Generales de Promoción Profesional Específica para las categorías que recoge el Convenio Colectivo de 2004-2007.
Al revisar nuevamente el Anexo X en el que se recogen todas las categorías profesionales que pueden promocionar, no podemos evitar sorprendernos e indignarnos nuevamente al comprobar que en dicho anexo no se hace mención en ningún momento a la categoría de Técnico Auxiliar "E", aún cuando este colectivo profesional realiza diariamente todas y cada una de las funciones propias de la categoría profesional inmediatamente superior de "Técnico Especialista III "E", puesto que están redactadas de la misma manera. Comparte además responsabilidades y funciones con "Técnico Especialista II y Educador" en su día a día.

De cualquier forma, consideramos que esta medida sería insuficiente para dar una solución a nuestra situación laboral, aunque este hecho, nos permite comprobar una vez más el absoluto abandono en el que se encuentra nuestra categoría profesional.

"Mesa Técnica del personal de servicios sociales" ¿Para qué? ¿Para quién?

En el vigente convenio laboral para el personal laboral de la Comunidad de Madrid 2004-2007, encontramos en el apartado de Disposiciones adicionales (vigésimosexta): "MESA TÉCNICA DEL PERSONAL DE SERVICIOS SOCIALES". Se constituirá una Mesa Técnica en el ámbito de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales que tendrá como objeto el estudio de las condiciones de trabajo específicas del personal laboral y funcionario de dicha Consejería. Los preacuerdos alcanzados serán elevados a los Órganos de Seguimiento del Acuerdo Sectorial y del Convenio Colectivo".
¿Cómo es posible que exista una Mesa Técnica y no se haya planteado después de casi 3 años del vigente convenio dar una solución a la situación de los Técnicos Auxiliares Educativos? situación por otra parte que no tiene visos de que vaya a cambiar de forma repentina. Por este motivo, conviene recordar que estamos a tan sólo un año de la firma de un nuevo convenio laboral entre administración y sindicatos (imaginamos que para 3 ó 4 años), y que además, anteriormente se producirán elecciones sindicales en nuestra consejería (aprox. Febrero 2007), es el momento idóneo para comenzar a reivindicar con fuerza nuestros derechos, pero YA!!! del mismo modo que en otros colectivos ya se han comenzado a producir movimientos que podrían afectar directamente a nuestras reivindicaciones profesionales.
A pesar del título del post, los culpables de esta situación no los debemos buscar exclusivamente en la Mesa Técnica del SRBS, ni sólamente en los sindicatos, debemos ser también autocríticos como trabajadores, puesto que, deberíamos conocer en profundidad el convenio, y especialmente a las categorías profesionales que existen en nuestro área de trabajo E, y no sólamente preguntar sobre cuestiones laborales a los delegados de los centros. Y es que, si TODAS y TODOS conociéramos las funciones que realizan otras categorías profesionales, su nivel profesional y reconocimiento salarial en base a ellas,  la indignación sería tan grande como la que nos ha llevado a poner en marcha este blog, con el objetivo de dar a conocer a los técnicos auxiliares educativos, porque que nuestra situación laboral exige una serie de mejoras absolutamente justificadas. 

Y así, todos juntos, poder defender a todos los niveles la mejora de la injusta situación laboral, desde nuestros JATA, Directores, a  los máximos responsables (Gerencia del SRBS, IMMF y ARRMI), pero además, proponer y exigir a las organizaciones sindicales que nos apoyen de una vez en lugar de ignorarnos desde el convenio del 2000.

Pero antes, creemos que deberíamos comenzar por trabajar en petit comité en los centros, organizarnos para poder poner en común nuestras propuestas y reivindicaciones sobre nuestro grupo profesional, que ese comité sea independiente, sin banderas, ni siglas. Consideramos que ello nos permitirá actuar como un auténtico colectivo en favor de nuestros derechos, al olvidar de una vez las habituales discrepancias sindicales (generadas exclusivamente por siglas) que no tienen nada que ver muchas veces con la defensa de los trabajadores, y mucho menos, con nuestras reivindicaciones como colectivo.

A este respecto, y os proponemos una reflexión individual en base a las siguientes preguntas, (Si queréis compartir vuestras reflexiones con el resto de TAEs lectores del blog, se habilitó la opción de comentarios sin necesidad de registro):  

¿Algún técnico auxiliar está conforme con la actuación de su sindicato en lo referente a los derechos y obligaciones del TAE que se han derivado de las últimas negociaciones con la Administración?

En el caso de que la respuesta sea negativa, nos deberíamos preguntar:

¿Y realmente se lo he hecho saber a mi organización sindical? ¿Me he quejado con firmeza? ¿He aportado datos que justifiquen mis reivindicaciones? En definitiva, lo he argumentado?
(Creemos que no es muy difícil cargarnos de razones, únicamente con mostrarles las funciones del Técnico 3 y del TAE en el convenio vigente, y en los anteriores, es más que suficiente).

Consideramos que ninguna organización sindical puede hacer oídos sordos a esta situación laboral, ya que sólo viendo las funciones adscritas a cada categoría profesionl en el convenio para las diferentes categorías profesionales del área "E", ya se justifica nuestra movilización y exigencia.

Por ello debemos cargarnos de argumentos, y con todo el respeto, pero con toda la firmeza, exigir a las organizaciones sindicales que defiendan nuestros derechos, ya que éstas finalmente son las que negocian nuestro convenio y nuestro futuro. Por supuesto, al mismo tiempo debemos mostrar con intensidad a la Administración nuestra indignación para poder ayudar a los sindicatos en la negociación.

Venga compañer@s y compañer@s luchemos por lo que es nuestro.

"¿Se corresponden nuestras funciones con nuestra actual categoría profesional? Veamos este caso, por ser el más "Incuestionable" .




En la tabla podemos observar las funciones recogidas en el último convenio colectivo (2004-2007) para la categoría profesional de Técnico Auxiliar "E", y para su categoría inmediatamente superior, Técnico Especialista III "E". Resulta sorprendente comprobar que el Técnico Auxiliar Educativo a pesar de desempeñar nueve funciones (dos exactamente idénticas) que complementan y amplían considerablemente a las que le son propias al Técnico Especialista III, continúe perteneciendo al Grupo IV, Nivel III, Área E, y el Técnico Especialista III, realizando menos funciones, pertenezca al Grupo III, Nivel IV, Área E. ¿Qué clase de Administración tenemos que ha permitido mantener a lo largo de los últimos convenios esta injustificada desigualdad laboral? y por otro lado, ¿Quién puede afirmar que defiende nuestros derechos?.
(Nos gustaría aclarar llegados a este punto, que no tenemos nada en contra de los Técnicos Especialistas III, Área E de la Comunidad, simplemente exponemos datos objetivos con el fin de que todos podamos disfrutar de una situación laboral lo más justa posible.
Por problemas de edición electrónica no se ha incluido una comparativa más amplia que abarque también al resto de categorías del área E con las que el TAE también comparte funciones,  a pesar de que no se recojan de forma tan explícita en el convenio, pero sí se desarrollen en el día a día).

"La evolución de la categoría profesional desde el año 2000"

Funciones del TAE recogidas en el Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid en el año 2000.
  1. Tareas elementales de educación, tales como la colaboración en el desarrollo de las relaciones afectivas y sociales.
  2. Estímulo en la adquisición de hábitos de la vida diaria.
  3. Entrenamientos físicos introductorios de la práctica deportiva.
  4. Acompañar a los beneficiarios a salidas, paseos y excursiones.
Funciones del TAE recogidas en el convenio colectivo para el personal laboral para los años 2001, 2002, 2003, y en el convenio colectivo para el periodo comprendido entre los años 2004-2007
  1. Asistencia y apoyo al usuario en relación con las tareas de su vida diaria que no puede realizar solo a causa de su discapacidad.
  2. Tareas auxiliares en la adquisición de habilidades establecidas mediante el programa individualizado de atención a los usuarios.
  3. Tareas elementales de educación, tales como la colaboración en el desarrollo de las relaciones afectivas y sociales.
  4. Acompañar a los usuarios en salidas, gestiones, consultas, paseos, excursiones y animación del ocio y tiempo libre en general.
  5. Colaboración en la instrucción para el aprendizaje en centros y talleres ocupacionales.
  6. Participar en la elaboración del proyecto educativo.
  7. Administrar la medicación oral y tópica, previamente preparada por el personal sanitario competente.
  8. Recoger y ordenar la ropa de uso personal de los usuarios, así como remitir la misma a la lavandería.
  9. Entrenamientos físicos introductorios de la práctica deportiva.
El aumento de funciones que comenzó en el 2001 no ha venido acompañado de ningún reconocimiento  específico para la categoría laboral de Técnico Auxiliar "E", profesional que no sólo no ha experimentado la reclasificación laboral necesaria (para evitar un agravio comparativo insólito en la Comunidad de Madrid) a la categoría inmediatamente superior del área "E", sino que se le ha denegado la posibilidad de promoción ni de cualquier tipo de promoción específica.