TÉCNICOS AUXILIARES EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Este blog pretende ser un lugar de encuentro digital para todos los Técnicos Auxiliares del área de Educación de la Comunidad de Madrid (ARRMI, IMMF y SRBS) que sirva de apoyo a la defensa de nuestra reclasificación a TÉCNICOS ESPECIALISTAS II "E". Una reclasificación justa para tod@s con independencia del organismo al que estemos adscritos, pues a tod@s se nos exigieron los mismos requisitos para acceder a la categoría y sufrimos la misma discriminación.

3 nov 2006

¿Cuál es el origen de nuestras reivindicaciones?...¿Cuál es nuestro futuro?...Justicia laboral = "Técnicos Especialistas II "E"

Remontémos al periodo en el que se produjeron las Transferencias del estado a las Comunidades Autónomas. Las competencias de EDUCACIÓN a la "Comunidad de Madrid" se produjeron en 1999, en ese proceso se ubicó a cada categoría profesional en un nivel y grupo profesional negociado entre Administración y Sindicatos, lo cuál supuso el análisis de la RPT, y conllevó la adaptación y actualización de algunas categorías que claramente ya entonces se veísn obsoletas, como la de los TAE del Ministerio de Educación.

Cuando se produjo la negociación colectiva para todos los trabajadores laborales de la Comunidad de Madrid es dónde comenzó nuestro calvario, ya que la administración y los "representantes" de los trabajadores se saltaron a la torera la máxima sindical de "mismo trabajo, mismo salario"... ya que en el texto final se acordó que los "Técnicos Auxiliares Educativo" del MEC transferidos a la Consejería de Educación consolidasen la categoría de Técnicos Especialistas III (Grupo III, Nivel 4) previamente pactada en las transferencias ... hasta ahí todo bien ... el problema fue que a los Técnicos Auxiliares E que provenían de la misma categoría, con los mismos requerimientos, y que fueron transferidos del IMSERSO a la CM con anterioridad a los de EDUCACIÓN, pero fueron ubicados en SERVICIOS SOCIALES Y JUSTICIA (IMMF, ARRMI, SRBS), sentenciaron y acordaron que fuesen trabajadores de segunda ya que NO sólo NO se les equiparó a la misma categoría a la que se les había clasificado a los de educación, sino que se les ampliasen las funciones del Convenio (de 4 a 9; con el agravio de introducir nuevas funciones totalmente ajenas al área E, con la única intención de cubrir lagunas laborales de otros profesionales).
Aún hoy, después de siete años ... nos seguimos preguntando: ¿Cómo se pudo llegar a consentir semejante aberración por parte de la Administración, y más de los sindicatos, y que aún no se le haya puesto remedio como tema prioritario (línea roja en negociación) en estos años es lamentable ? ...

1.- A los firmantes...¿ No se les caerá la cara de vergüenza cada vez que vean en el convenio las funciones del TAE y las del T.E.III? Sabiendo además (pues se presupone que son representantes de TOD@S los trabajadores, y de todas las Consejerías y Organismos) que los TAE del SRBS, ARRMI e IMMF desempeñan diariamente muchas más funciones educativas que el Tec. III ( similares a las de de los antiguos Téc. Especialistas II, y también funciones propias del Educador, pues les suplen a éstos en multitud de ocasiones en los centros).

Por lo tanto, estamos INDIGNADOS con la injusticia laboral del TAE con el Técnico Esp. III por ser la más evidente sobre el papel (Convenio), pero la realidad es que los TAE deberíamos estar clasificados dentro de la categoría de Téc. Esp. II "E".

El problema es que si las organizaciones sindicales que supuestamente nos defienden, ni si quiera se molestan en ir a los centros, en sacar esta situación de injusticia ante la gerencia del SRBS, del IMMF, de la ARRMI para eliminar esa discriminación, ni propician, ni instigan acciones reivindicativas en los centros de trabajo, SÓLAMENTE podemos pensar que en el fondo están de acuerdo con esta injusticia. ¡¡El que calla otorga!!.


2.- Cuando se produjo aquella negociación colectiva del personal laboral en 2001, ya se habían producido las transferencias de ATE a Téc. Esp. III, y era el momento justo para reparar la injusticia cometida con los TAE de servicios sociales y justicia, era tan sencillo como equipararles a la misma categoría de Téc. III porque realizaban las mismas funciones, provenían del mismo lugar, etc. No era difícil, pocos trabajadores, poco dinero ... y tiempos de bonanza, y no como los que nos encontramos ahora, que parece que poco a poco se va a confirmando que no estamos económicamente bien.

Sólamente cabe preguntarse; ¿ Hay trabajadores de segunda para la Administración en función de la consejería en la que se encuentren? Y trabajadores de segunda, o áreas de trabajo de segunda para los propios sindicatos?   ¿Cuál era el peso de las federaciones de enseñanza (en la mesa de negociación) en aquella negociación ? ... alguno de los representantes parecía que llevase como línea roja que no se nos equiparase a los TAE con los Técnicos Especialistas III, ya que parece ser que apoyaron dejarnos a los Técnico Auxiliares Educativos en el nivel 3, con una argumentación tan elaborada y literal como que los TAE sólamente limpiábamos "mocos" a nuestros usuarios (dicho en los grupos de negociación por un representante sindical), mientras, se vendía que en la Consejería de Educación se realizaban funciones educativas de mayor calado que los servicios sociales, cuando ellos mismos saben que no es así, pues realmente es al contrario, ya que jamás se responsabiliza de un aula en el colegio (cosa que sí que hacemos los TAE en multitud de ocasiones, en aulas, talleres ocupacionales, etc.) pero claro, tenían que salvar a sus representados aunque fuese a costa de otros, es decir, mantener la distancia entre TAEs y Téc. Esp. III, de forma que así se asegurasen estos últimos que los TAE no les levantasen sus puestos de trabajo, ya que no hay apenas técnicos especialistas III de carácter laboral fijos, puesto que no han convocado oposiciones a Técnico III en la comunidad de Madrid creemos que nunca hasta la fecha (7 años, sin convocarse)
 
En nuestro actual convenio (2004-2007) que finaliza en breve, en lugar de reparar el daño que acabamos de describir ... uno de los sindicatos que parecía que era el más sensible a nuestra situación, ya que justificó en el SRBS la no firma del anterior convenio por las polivalencias del TAE, que tuvieron un grupo de trabajo interno que hizo propuestas de mejoras específicas para el TAEs y su reclasificación ... Lo que realmente hicieron fue demostrar que la no firma del anteior convenio no tuvo mucho o NADA que ver con las polivalencias, al menos, no con las de los TAE, ya que lejos de hacer justicia con nuestra categoría, el sindicato firmó sin pensarlo el convenio 2004-2007 a cambio de conseguir objetivos como el de los educadores (pues tenían más peso en su organización, o mejor dicho, lo que negociaban tenían más relación con la categoría de educador), y cubrirse bien su financiación, claro.
El resto de sindicatos, no se quedaron atrás y nuevamente apoyaron con su firma nuestra penosa situación laboral, mientras se conseguía mejoras en otras categorías de nuestro área de trabajo, y así se firmaron 4 años más de discriminación para los TAE ... así de bonitos nuestros tres sindicatos más representativos.

A fecha de hoy, ninguno de los sindicatos firmantes se ha dirigido a sus representados (que somos todos, con independencia de nuestra afiliación o no) a transmitirles su compromiso firme en mejorar la situación de los TAE para el próximo convenio 2007 - ...  aunque sea, para demostrar su apoyo y reparación del daño que nos han hecho (más vale tarde que nunca) estos años. En fin, cuántos intereses ocultos, y cuanta indiferencia ante las injusticias laborales ... desde los sindicatos.

Lo sorprendente es a algunos responsables de los sindicatos justificarse ante sus afiliados TAE y el resto de trabajadores con frases como "pero cómo vamos a solicitar vuestra mejora si no os habéis movilizado vostros mismos?" ... y se quedan tan anchos, pero alma de cántaro, si tenías un grupo de trabajo en tu sindicato que te justificó las razones para nuestra reivindicación, que se movilizó (y nos movilizamos) y le abandonaste igual, sólo nos utilizaste cuando te interesó en las movilizaciones, etc.

Entonces, para qué se está trabajando en un sindicato? se entiende que esa vocación sindical es por la especial sensibilidad a las injusticias laborales, lo lógico es que la gente del sindicato sea la proactiva, tendrás que hacer tú las propuestas para aquellos trabajadores que te han trasmitido su discriminación, y qué tú, como representante deberías de conocer, ahhh, pero es que, para eso, hay que conocer la realidad laboral de tus representados, acudir a los centros de trabajo de forma habitual para conocer cuáles son las demandas de tus afiliados, y hacer tú las propuestas de mejora que eres quién conoce las entrañas de la negociación colectiva, y no sólo esperar a que un sector esté más movilizado que otro, porque eso no signfica que su reivindicación sea más justa que la del que no se movilice.
(Aquí pedimos disculpas a aquellos compañeros sindicalistas de verdad, que luchan a diarios, ellos lo saben, porque lógicamente no se darán por aludidos cuando leen estas reflexiones, porque por suerte, aún hay sindicalistas de verdad, que no se escudan detrás de unas siglas con una historia, para después en la realidad hacer otra cosa muy diferente a lo que se espera de esa organización).

El sindicato debería velar por la justicia laboral de todos sus representados, y dar un paso al frente ante aquellos que pudieran tener una actitud más pasiva por desconocimiento o falta de medios para la movilización ... Aunque bueno, siempre ha habido clases, y el área de Servicios Sociales (a excepción de ciertas categorías educativas con representación y peso en las mesas de negociación, y/o las categorías sanitarias superiores y medias) no interesa a la Admon, pero lo lamentable es que tampoco parece que a los sindicatos (Gracias).

4.- ¿Futuro? La única solución que puede hacer justicia laboral con el colectivo profesional de los Técnicos Auxiliares Educativos después de tantos años de discriminación pasa por reconocer sus funciones diarias en el próximo Convenio Colectivo, donde se debe reflejar como mínimo la reclasificación a Técnicos Especialistas II Educativos, y en caso de que se produzca la reclasificación definitiva de los educadores al nivel 7, se debería reestructurar la RPT para que los técnicos cubrieran el hueco de los educadores adaptando sus funciones y por supuesto, exigiendo su titulación acorde a dicha categoría.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

LOS T.A DE EDUCACION PASARON A TECNICOS ESPECIALISTAS EN UNA NEGOCIACION DE SINDICATOS Y ADMINISTRACION (SIN OPOSITAR).A LOS T.A DEL SRBS SE NOS CIERRA CUALQUIER PROMOCION INERNA, NO PODEMOS PASAR AOTRA CATEGORIA SI NO OPOSITAMOS,TAMPOCO PODEMOS TRESLADARNOS A OTRAS CONSEJERIAS,SOLO PODEMOS HACER NUESTRAS INFINITAS FUNCIOES Y CALLAR.LOS SINDICATOS NOS HAN DADO LARGAS EN TODO ESTE TIEMPO Y AHORA VENDRAN A LOS CENTROS PARA HACER CAMPAÑA ELECTORAL... ¿QUE ESTAMOS DISPUESTOS A DECIRLES? NOS HAN TOMADO EL PELO MUCHOS AÑOS..¿VAN A SEGUIR?... BUSCAR PROPUESTAS PARA LA REUNION (ALGO QUE LES DUELA)YA ESTA BIEN.....

Anónimo dijo...

QUE RAZÓN LLEVAIS COMPAÑER@S CON TODO LO QUE AQUÍ SE DICE, LOS TAE EFECTIVAMENTE REALIZAMOS MÁS FUNCIONES CON EL CONVENIO LABORAL QUE SE FIRMÓ PARA 2004-2007, PERO ELLO NO SE HA NOTADO RETRIBUTIVAMENTE HABLANDO (Si nos comparamos CON LOS TÉCS. ESPECIALISTAS "E" estamos MAL PAGADOS), ESO SIN CONTAR QUE EN LOS CAMP NO SE COBRA UN PLUS DE PELIGROSIDAD (lo cual sería necesario porq. hay muchas situaciones de riesgo y en los C. de Reforma si se cobra)
ADEMÁS LA ÚLTIMA O.P.E QUE SE PUBLICÓ FUÉ en junio del año 1999, Y EN AQUELLA OCASIÓN SOLO SE OFERTARON 28 PLAZAS DE PROM. INTERNA, 24 DE TURNO LIBRE Y 4 DEL TURNO DE DISCAPACIDAD PARA TODA LA CAM, UN NÚMERO INSUFICIENTE SI SE TIENE EN CUENTA QUE EL NÚMERO DE ESTOS CENTROS NO BAJA.
Las plazas que salen a CONCURSO DE TRASLADOS SON ESCASAS (encima eso no tienes opción de cambiar de Cjería.-el Concurso que se está resolviendo actualmente corresponde a los Años 2001-2004)
Y OTRA CAUSA DE DISCRIMINACIÓN RESPECTO A OTROS COLECTIVOS DE TRABAJADORES ES QUE LA PROMOCIÓN ESPECÍFICA RECOGIDA EN EL ART. 14 del CONVENIO NO nos incluye, por tanto se nos priva de ejercitar tal derecho
Necesitamos que negocien ¡YA! unas MEJORES CONDICIONES LABORALES

Anónimo dijo...

Ahora nos quieren joder otra vez con la supuesta consolidación de empleo. Echad un ojo a: http://www.nodo50.org/piratasdecomisiones/consolidacion02.pdf

Anónimo dijo...

Efectivamente compañeros, parece que lo que pretenden es crear una norma en breve que haga que los técnicos especialistas III sean los únicos que puedan presentarse por promoción interna.
Es sabido que el derecho a la promoción interna está reconocido en el convenio laboral, y que por supuesto los TAE tendremos el derecho a presentarnos a esas plazas de oferta pública de consolidación del Técnico III por promoción interna al ser ésta nuestra categoría inmediatamente superior. De confirmarse este nuevo atropello a la categoría de TAE deberíamos tomar medidas.

Anónimo dijo...

La Plataforma de Interinos de la Comunidad de Madrid (PICAM) ha denunciado recientemente a través de un comunicado dirigido a todos los trabajadores de la Comunidad de Madrid y enviado por fax a los centros de trabajo de varias consejerías los acuerdos firmados por los sindicatos FSP-UGT, CSIT-UP y finalmente por la FSAP-CCOO con la oposición de su sector crítico denominados 'Bases generales de Consolidación'.

Estos acuerdos prevén que las plazas correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid de los años 1998-2003 se convoquen conjuntamente. Estas plazas están desempeñadas actualmente por personal interino que lleva más de un lustro realizando labores de servicio público.

Para la PICAM Las condiciones en que se ha propuesto la consolidación de este personal interino en la mayor empresa de la región madrileña son realmente draconianas y constituyen una auténtica discriminación con respecto al personal fijo, puesto que se anula el turno de promoción interna, de tal forma que laborales y funcionarios fijos e interinos tendrán que opositar por el turno libre.

Según estimaciones de este colectivo, con los acuerdos firmados sería necesario que los interinos alcanzasen como condición 'sine qua non' los once años de antigüedad en la misma categoría o los quince en distintas categorías para poder optar a la plaza, puesto que en un colectivo como el de los trabajadores de la Comunidad de Madrid, con más de 56.000 personas, entre las que existe un personal fijo muy cualificado y con mucha más antigüedad que sin duda obtendrá el tope en el baremo.

PICAM se pregunta en qué empresa privada tarda un trabajador 15 años en lograr la estabilidad laboral. Y argumenta en su escrito que es bastante difícil encontrar interinos con quince años, sin embargo es bastante frecuente encontrar personal fijo de 15 y 20 años de antigüedad.

El comunicado incide en que esta consolidación se ha negociado de espaldas a las bases sindicales, haciéndose a última hora correcciones que afectaban sustancialmente a su contenido, que entienden perjudiciales para los interinos. Argumentan que se modificó el punto 6.2.2 unilateralmente por la Administración de tal forma que se suprimían las palabras 'temporal' e 'interino' para que el personal fijo pudiera promocionar ocupando las plazas que con cupos deberían estar destinadas para el personal interino. Según PICAM los sindicatos firmantes -pese a que tuvieron constancia al día siguiente- no informaron de esta modificación sustancial y nos están vendiendo este proceso como un auténtico logro porque todas las plazas salen por el turno libre, cuando es un acuerdo bastante perjudicial para los interinos.

Se hace constar además la existencia acciones organizadas a través de foros de Internet y otros medios por diversos colectivos de interinos afectados, planteándose la presentación de quejas por varios motivos ante el Defensor del Pueblo. Para esta plataforma existen otra serie de circunstancias que siembran dudas sobre el proceso, entre las que destacan:

Se trata de una promoción encubierta que tendrá como efecto que probablemente más de las tres cuartas partes de las plazas sea ocupada por el personal fijo, pese a que oficialmente se denomina "Consolidación", con lo cual incumple el artículo 13 del Convenio Colectivo 2004-2007 para el personal Laboral de la Comunidad de Madrid.
Se vulneran los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad no sólo con respecto al personal de nuevo ingreso, que no tiene ninguna posibilidad de obtener plaza, sino con respecto a interinos que llevan más de un lustro en el desempeño del puesto, eliminandose 'de facto' la Disposición Transitoria Undécima del Convenio Colectivo.
Se prevé que los desempates entre puntuaciones iguales al final de proceso se realicen con una letra distinta para cada categoría, lo que abre la puerta a las suspicacias, ya que se prevé que haya muchos empates en la puntuación de personas con el tope de puntuación, desempates para la elección de destino... (actualmente en la Comunidad de Madrid los desempates de oposiciones, baremos de escolarización, etc. se realizan todos con una letra que se extrae cada año por la Dirección General de Función Pública).
Se elimina totalmente la puntuación por el desempeño de puestos de trabajo en el sector privado, así como del personal dependiente de centros del INSALUD.

Para PICAM se trata en todo caso de un fraude para no pagar la antigüedad al personal laboral interino en las mismas condiciones que al fijo, eludiendo las previsiones del Estatuto Básico de la Función Pública.

Como conclusión final este colectivo argumenta que al término del proceso la temporalidad aumentará sin duda en los niveles inferiores de la Administración por los puestos vacantes de los fijos ascendidos y que los pocos interinos que resulten consolidados posiblemente no se incorporen a sus puestos fijos por ostentar puestos interinos de mayor rango (excedencias por incompatibilidad), con lo que previsiblemente se de un ligero aumento de la misma, con la diferencia de que los recien incorporados en interinajes perderán el derecho a percibir la antigüedad al haber cambiado de contrato.

Para terminar PICAM propone en su comunicado que:

Se respete el artículo 13 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid 2004-2007 y se vuelva a la reserva del 50% de las plazas para promoción interna y 50% para el turno libre, como había sucedido hasta ahora en todas las oposiciones de la Comunidad de Madrid. La Administración debe de dejar de enfrentar a fijos e interinos.

Que la letra para desempatar los procesos selectivos sea única en todos, para evitar suspicacias.

Enlaces externos

Direcciones web relacionadas con el proceso:

Madrid Digital se hace eco de la noticia:

http://madriddigital.info/detalle_noticia.php?seccion=12&id=20061228173225_f7c6557c2c58b5458f2a2ee18bc4f2b2

Rojo y Negro Digital se hace eco de la noticia:

http://www.rojoynegro.info/2004/article.php3?id_article=12227

La noticia en Kaosenlared:

http://www.kaosenlared.info/noticia.php?id_noticia=28467

Bases generales de consolidación (primera versión modificada en 6.2.2 unilateralmente por la Administración):

http://www.fspmadridugt.org/Sectores/autonomico/documentacion/consolidacion/BASES_GENERALES_CONSOLIDACION.pdf

Acuerdo definitivo:

http://fete.ugt.org/madrid/pas/document/consolid.pdf

Manifiesto de la PICAM envíado por fax a los centros:

http://www.nodo50.org/piratasdecomisiones/consolidacion.pdf

Foro sobre Consolidación en la Comunidad de Madrid:

http://www.nodo50.org/piratasdecomisiones/foro/viewtopic.php?t=891

Otro foro sobre el mismo asunto:

http://www.laotrafsp.com/foro/index.php?topic=137.0

Estatuto Básico del Empleado Público: Interesantes el artículo 25 y la Disposición Transitoria Cuarta:

http://www.fsap.ccoo.es/%5Cficpdf%5C89PROYECTO_DE_EBEP.pdf

Anónimo dijo...

Sobre lo de la promoción profesional específica de los T.E. III no te enteras porque ahí la Administración nos la ha metido hasta el fondo. No va haber promoción profesional específica para este colectivo, así que te equivocas. Se han zampado las plazas. El tema está denunciado.