TÉCNICOS AUXILIARES EDUCATIVOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Este blog pretende ser un lugar de encuentro digital para todos los Técnicos Auxiliares del área de Educación de la Comunidad de Madrid (ARRMI, IMMF y SRBS) que sirva de apoyo a la defensa de nuestra reclasificación a TÉCNICOS ESPECIALISTAS II "E". Una reclasificación justa para tod@s con independencia del organismo al que estemos adscritos, pues a tod@s se nos exigieron los mismos requisitos para acceder a la categoría y sufrimos la misma discriminación.

4 oct 2006

SRBS: ¿Técnicos Especialistas III "E" y Técnicos Auxiliares "E"?

En la relación de puestos de trabajo (RPT) de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales vigente a 1 de Febrero de 2005, aparecen adscritos a centros del SRBS una serie de puestos con la categoría de Técnico Especialista III "E"; como consecuencia de las denuncias de reclasificación ganadas por algunos Técnicos Auxiliares Educativos en los tribunales:

CAMP de Getafe: 2
CO Fray Bernardino: 1
CO Magerit: 1

Estos Técnicos Especialistas III "E" que trabajan en los centros del SRBS, realizan diariamente las mismas funciones que sus compañeros de la categoría de Técnico Auxiliar "E". Sirva esta situación, como una prueba más de cómo la "Comunidad de Madrid" viene cometiendo sistemáticamente desde 2001 un enorme fraude laboral, al mantener en un mismo convenio dos (o más) categorías diferentes, pero con funciones "exactamente" iguales (incluso, bastante superiores para la categoría de TAE al desempeñar en muchas ocasiones actividades propias de Téc. especialista y Educador). Además, señalar que a la categoría de TAE le añadieron en 2001 funciones propias del área "D" (Sanitario) a pesar de pertenecer al área "E" (Educativo-Cultural) lo que se trata de una circunstancia laboral inadmisible, un instrusismo laboral en el área "D", que ningún TAE les ha pedido, y mucho menos, que encima se justifiquen con un insignificante complemento económico anual, que lejos de hacer justicia con el TAE lo que hace es confirmar que no se nos tienen ningún respeto ni consideración laboral. ¿Cuál fue la razón de que se firmara dichas funciones? ¿Porqué se consintió desde las organizaciones sindicales?...No comment.

¿Qué más pruebas necesitamos mostrar a la Administración Autonómica y a las Organizaciones Sindicales firmantes, para que reconozcan y ofrezcan soluciones a la enorme injusticia laboral en la que se encuentra el colectivo de TAE?

¿ De qué forma piensa reparar la Administración el perjuicio laboral de los TAE y devolver la cantidad económica que ha estado ahorrandose de forma deshonesta durante estos años? Tal vez, incluso piensan que con las migajas correspondientes a la distribución del fondo para las categorías de DUE, AE, TAD y TAE, por asumir (nosotros diríamos por IMPONERNOS) tareas asistenciales es suficiente, (Qué penita dá ver nuevamente estos días en los tablones sindicales como "¿un gran logro?" ... ese complemento no consolidado, que no se acerca ni de lejos a lo que realmente nos corresponde,  que es una nueva categoría profesional consolidada.).